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Diferencia del alta en el Ayuntamiento y el IVTM #1

¿Cuál es la diferencia del alta en el Ayuntamiento y el IVTM (impuesto de vehículos de tracción mecánica)?

En el vasto panorama de los trámites relacionados con los vehículos, el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) ocupa un lugar destacado. Sin embargo, ¿sabías que este impuesto puede variar según el momento en que des de alta o baja tu vehículo? ¡Descubre cómo estas acciones pueden influir en tus gastos!

Primero definamos el IVTM. Las siglas I.V.T.M. significan impuesto de vehículos de tracción mecánica, es un tributo que grava la propiedad de vehículos aptos para circular por las vías públicas, ya sean automóviles, motocicletas, camiones u otros. Este impuesto se paga anualmente al Ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo. Su objetivo principal es financiar los gastos relacionados con el mantenimiento y la conservación de las infraestructuras viarias.

Más información sobre el concepto del IVTM.

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), se conoce en otros países iberoamericanos se conoce como sello o viñeta, antiguamente en España el impuesto de rodaje o de circulación. El impuesto grava la titularidad de los vehículos aptos para circular por las vías públicas con competencia municipal (Ayuntamientos). Viene regulado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo (Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales).

¿Cómo se calcula el impuesto IVTM?

El impuesto varía en función de la clase de vehículo: Por ejemplo, para los turismos va en función de la potencia fiscal (+ potencia + se paga), las motos o ciclomotores según la cilindrada (+ cilindrada + se paga), los autobuses según las plazas (+ plazas + se paga) y los camiones según la carga.

A) Turismos (cvf – potencia fiscal):

  • De menos de ocho caballos fiscales 12,62
  • De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 34,08
  • De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 71,94
  • De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 89,61
  • De 20 caballos fiscales en adelante 112,00

B) Autobuses (nº de plazas):

  • De menos de 21 plazas 83,30
  • De 21 a 50 plazas 118,64
  • De más de 50 plazas 148,30

C) Camiones (carga útil):

  • De menos de 1.000 kilogramos de carga útil 42,28
  • De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil 83,30
  • De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil 118,64
  • De más de 9.999 kilogramos de carga útil 148,30

D) Tractores (cvf – potencia fiscal):

  • De menos de 16 caballos fiscales 17,67
  • De 16 a 25 caballos fiscales 27,77
  • De más de 25 caballos fiscales 83,30

E) Remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica (carga útil):

  • De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil 17,67
  • De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil 27,77
  • De más de 2.999 kilogramos de carga útil 83,30

F) Motos y ciclomotores (cilindrada):

  • Ciclomotores 4,42
  • Motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos 4,42
  • Motocicletas de más de 125 hasta 250 centímetros cúbicos 7,57
  • Motocicletas de más de 250 hasta 500 centímetros cúbicos 15,15
  • Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos 30,29
  • Motocicletas de más de 1.000 centímetros cúbicos 60,58

Sin embargo, cuando adquieres un vehículo nuevo aún no se sabe cual es su domicilio, y es en el proceso de darlo de alta a las autoridades cuando se establece el mismo, y es a partir de aquí cuando se comienza a pagar el impuesto al Ayuntamiento, el IVTM.

Este pago no siempre abarca los 12 meses estándar del año fiscal. Al contrario, se calcula desde el mes en que se realiza el alta. Por ejemplo, si realizas el alta en mayo, solo deberás pagar el impuesto correspondiente a los meses restantes del año, es decir, 7 meses en este caso.

Esta peculiaridad se traduce en una ventaja financiera para los propietarios de vehículos nuevos. Al pagar únicamente por los meses restantes del año fiscal, el desembolso inicial suele ser menor en comparación con el pago anual del IVTM. Esta es la diferencia del alta en el Ayuntamiento y el IVTM, y resulta significativa, especialmente para aquellos que gestionan múltiples vehículos o desean optimizar sus gastos.

Ahora bien, ¿Qué ocurre cuando llega el momento de pagar el IVTM de manera anual? Aquí es donde se evidencia la discrepancia. Mientras que aquellos vehículos que ya están dados de alta pagan el impuesto por los 12 meses del año, aquellos que se dan de alta o baja en un momento distinto a enero tendrán un cálculo proporcional al tiempo de uso.

El mismo principio se aplica al momento de dar de baja un vehículo. En este caso, el impuesto se prorratea según el tiempo transcurrido desde el último pago, lo que significa que rara vez se abonará por los 12 meses completos del año.

Esta particularidad del IVTM, aunque aparentemente sutil, puede tener un impacto significativo en la planificación financiera de los propietarios de vehículos. Al entender cómo se calcula este impuesto y cómo varía según el momento de alta o baja del vehículo, se pueden tomar decisiones más informadas y aprovechar al máximo los recursos disponibles.

En resumen, el IVTM no solo es un trámite obligatorio, sino también una oportunidad para optimizar tus finanzas. Ya sea que estés dando de alta un vehículo nuevo o gestionando los pagos anuales, tener en cuenta estas diferencias puede marcar la diferencia en tu presupuesto. ¡No subestimes el poder del conocimiento en la gestión de tus vehículos y tus finanzas!

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